2.LAS FUNCIONES DEL ESTADO
2.1
Estructura del sistema Federal:
2.2
Las funciones del Estado, criterios formal y material:
La
función administrativa es la actividad que normalmente realiza el poder
Ejecutivo, se realiza bajo el orden jurídico y limita sus efectos a los actos
jurídicos concretos o particulares y a los actos materiales, que tienen con
finalidad la prestación de un servicio publico o la realización de las demás
actividades que le corresponden en sus relaciones con otros entes públicos o con
los particulares, reguladas por el interés general y bajo un régimen de policía
o control.
CRITERIO
FORMAL: es aquella
elaborada de acuerdo a un procedimiento.
CRITERIO
MATERIAL: es aquella
que integra la normalidad jurídica y la normalidad reflejando la realidad.
2.3 Clasificación de los actos jurídicos
- Actos
de autoridad:
También
llamadas como actos de poder publico o de su nación soberana, el estado procede autoritaria mente por medio de mandatos que son expresión de su voluntad y se
forman en razones de orden publico.
- Actos de gestión:
El
Estado no siempre manda, ni es necesario que haga valer su autoridad, en
ocasiones se equipara a los particulares para hacer mas frecuentes, efectivas y
seguras las relaciones con ellos.
- Actos instrumentales:
Son
los medios para realizar las actividades administrativas y comprendan actos
preliminares,de tramite o preparación o
en general de procedimientos.
- Actos definitivos:
Son
los actos básicos o definitivos de la administración e implican propiamente el
espacio de la función administrativa, tales como una concesión de servicios
públicos, una declaración de expropiación por causa de utilidad publica, una
orden de inquisición, un contrato de obra publica o de suministro y otros
semejantes.
- Actos de ejecución:
Tienen
por objeto dar cumplimiento a las determinaciones del acto principal.
- Actos unilaterales:
Es
aquel que interviene una sola voluntad de un ente administrativo sea individual
o colectivo.
- Actos Bilaterales:
Se
forma en concurso de dos o mas voluntades, publicas o privadas, varios órganos
y personas, que se unen para una sola voluntad.
- Actos Plurilaterales:
Esta
el que resulta de la concurrencia de varias voluntades, con igual contenido y
finalidad que se reúnen exclusivamente para la manifestación común,
permaneciendo jurídicamente autónoma.
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