9. PRINCIPIOS DEL DERECHO:
9.1Régimen Jurídico:
9.1Continuidad, Igualdad, Regularidad y Obligatoriedad:
- continuidad
Este elemento esencial en los servios públicos hace
referencia a la que prestación del servicio por ninguna causa debe ser
interrumpida. Esta característica hace a la eficiencia de la prestación.
La continuidad se asegura de diversas formas como ser:
a)no paralización por ningún medio de las actividades, o sea exclusión de la huelga y de los paros patronales) con la teoría de la imprevistos, ningún tipo de trastorno económico es fuente valida para impedir
la prestación; cervicios) los bienes afectados a la prestación del servicio no pueden
ser objeto de ejecución forzosa, o sea son inembargables; d) con respecto a los
servicios públicos que se prestan mediante concesión, la ejecución directa por
parte de la administración tiende la continuar el precepto de la continuidad;
e) en caso de quiebra del concesionario la prestación no se interrumpe,
debe continuar a cargo del sindico.
- Regularidad
El servicio publico debe prestarse de forma regular. O
sea debe ser prestado de conformidad a las reglas, normas o condiciones preestablecidas, manteniendo un
ritmo. Esto no quita la posibilidad, a la administración, de que en un momento
modifique su organizacion. Ahora bien el servicio publico puede ser
continuo y así mismo no cumplir con la regularidad.
- Obligatoriedad
Esta ultima característica podríamos afirmar que encierra
un grado mayor de importancia en lo que hace a los servicios públicos, ya que
si bien el servicio debe ser continuo, regular, uniforme y general, si quien
debe prestarlo o realizarlo no estuviere obligado de nada valdrían las otras
Igualdad
- igualdad
significa que todos los habitantes tiene derecho a exigir y recibir el
servicio en igualdad de condiciones. La expresada igualdad de trato que
debe dárseles a los habitantes en la utilización de un servicio publico es
un corolario del principio fundamental de igualdad ante ley. Sin embargo
esto no impide que se establezcan diversas categorías de usuarios
manteniéndose en estricta igualdad a todos los que están en la misma
situación
9.3Formas Jurídicas de prestación de los servicios:
El ejercicio del derecho de forma
colectiva puede instrumentalizarse mediante cualquier forma admitida en derecho
sea esta mercantil o civil. Dentro de todas ellas las más habituales son la Comunidad de Bienes y
las llamadas sociedades mercantiles de profesionales.
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